ALBERTO FERNÁNDEZ LIRIA
El Pais 30/04/2008
Cuando la noticia de horrores como los cometidos por Josef Fritzl conmociona a la opinión pública, los profesionales de la salud mental nos vemos requeridos a responder qué tipo de mente enferma puede haberlos guiado. La respuesta es descorazonadora: no hay enfermedad a la que atribuir un comportamiento así.
La Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Vizcaya, en su Sentencia 256/08, de 27 de marzo de 2008, ha absuelto a una acusada de desobediencia por el incumplimiento del régimen de visitas por la negación del menor a relacionarse con su padre. La madre del menor había sido previamente condenada, por un Juzgado de de primera instancia, a un año de presión e inhabilitación sobre la base del Síndrome de Alienación Parental.
En su sentencia, la Audiencia Prov incial, reusa la utilización del SAP como argumento para determinar la culpabilidad de la acusada. Un reciente informe al respecto de la Asociación Española de Neuropsiquiatría (AEN), y reproducido en esta web, ha servido de base a la sentencia.
El horrible crimen de un esquizofrénico reabre el debate: ¿debía estar encerrado? - Los expertos prefieren al enfermo libre y bajo tratamiento, pero faltan psiquiatras.
19/04/2008 - Mónica Salomé - El Pais
Un hombre en tratamiento psiquiátrico decapita a su madre y se pasea con la cabeza envuelta en un trapo bajo el brazo, como ha ocurrido esta semana en Murcia. Una médica que sufre esquizofrenia ataca a ocho personas y mata a tres, como pasó en la Clínica de la Concepción, en Madrid, en 2003.
La reacción es inmediata: ¿cómo puede haber ocurrido?, ¿estas personas no deberían estar controladas?, ¿está el sistema preparado para atenderlas y evitar estos sucesos? Podría decirse que cada vez que se da un caso así, se reabre el debate en torno a la atención a enfermos mentales graves. Pero no sería del todo correcto. Porque entre los especialistas no hay debate alguno: los psiquiatras responden a las preguntas de antes con unanimidad total, y mensajes como los siguientes. El principal es que no son más peligrosos que la población sana; más bien al contrario. Dos: atendidos de forma adecuada y en términos generales, donde mejor están es en sus casas. Tres, y aquí viene un importante pero: como reconoce la propia Estrategia Nacional en Salud Mental, faltan recursos para proporcionar esa atención. Lo que sigue son los matices (hay unos cuantos).
Un hombre aparca tras callejear durante cerca de quince minutos. Es tarde y los niños ya estarán dormidos. Cruza la plaza del pueblo donde vive, Santomera, en Murcia, y se detiene de repente sin saber aún por qué. Mira hacia atrás, al joven que, semidesnudo, camina cerca de él. Le mira a la cara y baja la mirada despacio, pues ya sabe por qué se ha detenido, ya sabe lo que va a encontrar, lo que su vista certifica justo en ese momento: el joven sostiene en sus manos una cabeza de mujer. En seguida aparece la policía. El hombre se acerca, contrasta su testimonio con el de otras personas que en ese momento también cruzaban la plaza. Varios coinciden en que la cabeza que portaba el joven era la de su propia madre. No puede esperar los cinco minutos que le quedan para llegar a su casa y telefonea a su mujer: no te vas a creer lo que he visto. Ya en la casa, repetirá la historia cerca de doce veces, añadiendo algunos detalles. No se explica lo sucedido, que su visión no se corresponda a una secuencia desagradable de una película horrenda.
II CONGRESO DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE REHABILITACIÓN PSICOSOCIAL
BILBAO 5, 6 y 7 de JUNIO de 2008
CONGRESO REGIONAL EUROPEO DE LA ASOCIACIÓN MUNDIAL DE REHABILITACIÓN PSICOSOCIAL
http://www.congresofearpbilbao.com/index.htm
Plataforma "No Gracias", para cambiar la relación de la industria farmacéutica con los profesionales sanitarios
Una plataforma para incidir - y cambiar - las relaciones entre la Industria Farmacéutica, la Administración pública y los Profesionales de la salud.
Por iniciativa de la Federación de Asociaciones para la defensa de la Sanidad Pública (FADSP) se constituye una Plataforma denominada "nogracias.eu" integrada en el movimiento internacional "Nofreelunch" y sus filiales USA, UK, "No Gracie, Pago Io"-Italia...
La plataforma quiere sensibilizar a la sociedad y en particular al sector sanitario - administración, profesionales y pacientes - a fin de cambiar las relaciones, actualmente distorsionadas, con la Industria Farmacéutica. La plataforma se reconoce en la iniciativa de la OMS del "Buen Gobierno de los Medicamentos": un nuevo marco ético para poner en valor el ejercicio profesional, el uso racional de los medicamentos y el buen gobierno de las instituciones públicas.
Herramientas para la valoración del riesgo para la predicción de la reincidencia en la violencia conyugal
El concepto "Violencia contra la mujer en las relaciones de pareja" quedó definido en el Artículo 1º de la Resolución de 20/12/1993 de la Asamblea General de la ONU, que dice así: "... any act of gender-based violence that results in, or is likely to result in, physical, sexual or psychological harm or suffering to woman, including threats of such acts, coercion or arbitrary deprivation of liberty, whether ocurring in public or in private life". Según recientes informes del Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia, este tipo de violencia es el crimen encubierto más frecuente en todos los países, por lo que llega a ser una cuestión mundial de derechos humanos. Por otra parte, la mayoría de los cuerpos normativos jurídicos asumen que esta violencia constituye un tipo más de agresión, pero es probable que no sea éste el tratamiento adecuado para este asunto, ya que la probabilidad de que la agresión se reitere es muy alta.
Esta repetición de la agresión puede ser demostrada y cuantificada: el porcentaje de mujeres que fueron asesinadas por su pareja y que previamente había denunciado su situación fue, en 2003, de 56% en Canadá, 30% en EE.UU. y de 61% en España. Además, la duración media de la violencia contra la mujer en la pareja es de más de 10 años en un 35,5% de los casos en un país tan civilizado como Finlandia. (Todos los datos provienen del Centro Reina Sofía)
Tanto el aspecto reiterativo de estas agresiones como el tipo de violencia en sí, han recibido un abordaje jurídico, pero estamos poco acostumbrados a conocer enfoques sanitarios. El documento que presentamos ha sido realizado por el Institute of Health Economics de la provincia de Alberta, Canadá, y estudia algunos instrumentos de valoración de este riesgo de repetición del que hemos hablado. Por lo innovador que resulta la aplicación de esta metodología a este aspecto del comportamiento y los propios fines del estudio la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de Andalucía (AETSA) ha promovido la divulgación de este documento.
Cambios en los plazos de los requisitos y en la presentación de la solicitud para la obtención de la especialidad de Enfermería en Salud Mental.
La publicación del Real Decreto 183/2008 por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud, modifica los plazos de los requisitos que deben cumplir los diplomados de enfermería que quieran optar a la especialidad de Salud Mental.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el nuevo decreto de organización de los servicios de salud mental en el Servicio Andaluz de Salud (SAS), con medidas que incrementan la participación de los profesionales a través de un nuevo modelo de gestión basado en la obtención de resultados. El texto ha sido publicado en el BOJA de 17 de marzo.
El nuevo decreto garantiza la planificación comunitaria de la atención a la salud mental, y la integración de las unidades asistenciales en unidades de gestión clínica coordinadas con los servicios sociosanitarios de atención a la salud mental. La norma establece que todos los recursos estén adscritos a la atención especializada, de modo que dependan de una misma dirección de hospital o área de gestión sanitaria.
El nuevo real decreto por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, establece en el punto 3 del Anexo 1, que para el acceso a la Especialidad de Psicología Clínica se requiere el Grado en Psicología o la Licenciatura en Psicología.









